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miércoles, 30 de junio de 2021

Normativas legales a favor de las mujeres trabajadoras

Ayer, durante el III Foro Internacional por la Igualdad Laboral, Jessica Espínola de la Dirección de Promoción a la Mujer Trabajadora instó a las mujeres acercarse a la dirección y utilizar los servicios. Las mujeres trabajadoras pueden comunicarse al (021) 729-0100 interno 552 o pueden escribir al correo mujertrabajadora@mtess.gov.py

Patronal que no cumple con Ley de maternidad

Durante el Foro también se reveló que hubo 117 denuncias de enero a mayo 2021 y que se llevaron a cabo audiencias donde las partes llegaron a un acuerdo en el 75% de los casos. Los no resueltos fueron enviados a Fiscalización y al Ministerio de la Defensa Pública para iniciar juicios. Las causas más comunes recepcionadas fueron por incumplimientos de la Ley de Maternidad, despidos injustificados en estado de gravidez, y alteración de las condiciones de trabajo.

“Ante el escenario que se vive debido a la pandemia del covid-19, vale la pena preguntarse, ¿cómo este fenómeno atípico influyó en las relaciones laborales, en especial, en la aparición de nuevas causas de violencia laboral?”, reflexionó Espínola. La misma agregó que si bien hombres y mujeres han sido afectados por la pandemia, la mujer se ha visto perjudicada por el aumento del riesgo de sufrir actos de violencia, y por la inequidad en la distribución de las responsabilidades del cuidado familiar que como es sabido recae mayoritariamente en las mujeres.

“Las mujeres empleadas en el sector formal y que tienen hijas o hijos deben distribuir sus tiempos entre las siguientes tareas: su empleo (si aún lo conservan), el cuidado infantil, la educación en casa, el cuidado de personas mayores, acompañamiento hospitalario y el trabajo doméstico. Una de las primeras cosas que desapareció a consecuencia de la pandemia fue el empleo femenino, por el impacto que tuvo en áreas que suelen emplear principalmente mujeres, como el comercio, la hostelería y los servicios. Las mujeres que mantuvieron el empleo manifestaron estar expuestas a nuevas formas de violencia laboral como consecuencia de la dinámica del mercado laboral en tiempos de pandemia. Como ejemplo citamos al personal sanitario -en su mayoría mujeres (70%)- expuesto a ataques violentos y al acoso en el trabajo”, comentó.

Oficina de violencia laboral

Asimismo informaron que por Resolución Nº 388/19 se crea la Oficina de Atención y Prevención de la Violencia Laboral para brindar respuestas operativas frente a los hechos de violencia laboral y establece un procedimiento de actuación para la atención de los casos denunciados en las empresas. Establece obligaciones para las Empresas del Sector Privado: “Todo/a empleador/a con más de diez (10) trabajadores/as debe contar con un Reglamento Interno de Trabajo homologado por la Autoridad Administrativa del Trabajo, donde debe consignar: Un procedimiento interno para la atención de las denuncias por violencia laboral, que contenga las sanciones aplicables para cada caso. Las medidas para prevenir, controlar y eliminar la violencia en el lugar de trabajo, a través de programas educativos y /o capacitaciones al personal”.

La Oficina de Atención y Prevención de la Violencia Laboral funciona además como una instancia de asesoramiento técnico para la adecuación de los reglamentos internos, o la aplicación de estos ante denuncias por violencia laboral.

“Esta crisis sanitaria demanda que se aplique en todos los países el Convenio 190 del 10 de junio 2019 de la OIT sobre la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo. Y, desde ya, que sea ratificado y puesto en vigencia en nuestro país. Se deberán generar nuevos métodos de organizaciones laborales, donde todos tengan un lugar, donde haya conciencia que la situación económica pandémica afectará especialmente al trabajo y resultará necesario generar actividades laborales en equipo, en solidaridad, generando un ambiente de trabajo con un compromiso compartido y relaciones de trabajo saludables; esas serán las variables de un avance, de un progreso, de un estado de sanidad. Será una prioridad”, dijo la directora del área Promoción de la Mujer Trabajadora.

En la práctica no se utilizan los permisos por Ley

Rosana Encina del sindicato SITRASAS.
Rosana Encina del sindicato SITRASAS.

En contrapartida, Rosana Encina del sindicato SITRASAS, (Ministerio de Desarrollo Social) comentó que en general las violaciones de derechos laborales se da en el campo en todo lo que es el programa Tekopora, porque no hay una capacitación en todo lo que establece la Ley 5508, de protección a la maternidad y la lactancia materna. Después hay otros permisos que son obligaciones legales que están en el Art. 62 que podés utilizar hasta 15 días en el año, pero esa licencia casi no es otorgada y es muy poco conocida.

“Esta justamente es la que ahora el Ministerio del Trabajo invoca y dicen que pueden utilizar las personas para acompañar a sus padres para la vacunación contra el covid que esta en Art 62 inc. H, que son permisos legales por obligaciones pero que en la practica casi no son utilizadas. En el discurso del Ministerio del Trabajo dicen que están las leyes, pero en la práctica no se respetan esos permisos. También desde Acción sindical clasista hemos recibido denuncias de despidos injustificados de mujeres embarazadas”.

Burocracia y muchos desconocimiento de la Ley

María Stela Silva Invernizzi, actual presidenta de la Asociación Sindical de Mujeres del MOPC, manifestó que la mayoría de las mujeres piden permiso particular para hacerse sus estudios médicos, porque es más fácil. “Hacen que sea muy burocrático si piden los permisos por ley, especialmente en los distritos existen muchos desconocimientos sobre los derechos y obligaciones de las mujeres. Hay desconocimiento sobre el alcance que establece la Ley y los permisos. Falta más capacitación e información sobre los diferentes temas y en el interior del país las mujeres trabajadoras están totalmente abandonadas. Se urge de capacitación que nunca existe. Los encargados de recepcionar los documentos para realizar los trámites, algunos desconocen esos derechos y otros interpretan mal los requisitos exigidos por la propia Ley, obstaculizando más usufructuar nuestros derechos, por ejemplo en el caso de permisos por maternidad”



source https://www.abc.com.py/nacionales/2021/06/30/normativas-legales-a-favor-de-las-mujeres-trabajadoras/

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