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lunes, 15 de febrero de 2021

Nueve meses después, sin imputación por falsificación de mascarillas

Ya pasaron casi nueve meses desde que el ministro de Salud Pública, Julio Mazzoleni, presentara ante la Fiscalía General del Estado la denuncia penal por tentativa de estafa y delitos marcarios, por la adulteración de las especificaciones técnicas de las mascarillas quirúrgicas que las empresas del Clan Ferreira pretendían entregar al MSPYBS en el marco de la fallida compra de insumos chinos. La causa está identificada como N° 52/2020 “Persona innominada s/ Estafa”.

Hasta la fecha sigue sin formularse imputación por los hechos más graves.

Esta gigantesca estafa, que además hubiera puesto en riesgo la integridad física de todo el personal de blanco que hubiese utilizado los insumos médicos falsificados, solamente fue evitada por la intervención in situ de la Comisión Especial de Supervisión de Compras Covid 19 (CESC) liderada por el ministro Arnaldo Giuzzio, que constató las alevosas alteraciones realizadas a los productos importados, previo a su entrega a las autoridades sanitarias.

El equipo de Agentes Fiscales, liderado por Osmar Legal, desmembró esta causa abriendo así la causa 98/2020, en el marco de la cual procesó por contrabando de camas hospitalarias a Justo Ferreira y a su hija Patricia Ferreira, junto a funcionarios aduaneros y despachantes. Mientras tanto, la investigación por los hechos verdaderamente denunciados quedó paralizada, ya que, pasados casi 9 meses de la presentación de la denuncia, no existe ni una sola persona procesada por tales hechos.

Ya hace varios meses, el Agente Fiscal Osmar Legal había justificado la falta de imputación diciendo que se encontraba pendiente de recepción la información requerida a la empresa fabricante, acerca de si autorizó o no al cambio de las cajas, diciendo que si se imputa pero luego llega la información de que sí se autorizó, se deberá sobreseer, debido a que, según su criterio, el perjudicado por el cambio de las cajas sería la empresa fabricante.

El argumento es claramente falaz, ya que no se puede dudar que la verdadera víctima del hecho de adquirir un producto adulterado es quien lo adquiere, independientemente de que también se configure un delito marcario. Entonces, en el contexto correcto, que está enmarcado con la denuncia del Ministerio de Salud, lo determinante no es lo que pueda decir el fabricante; lo determinante es si con el cambio de cajas se estaban modificando las especificaciones consignadas en las cajas/envoltorios originales.

Favorecidos con arresto domiciliario

Otro hecho llamativo del proceso fue el accionar del fiscal Omar Legal al momento de solicitar las medidas contra Justo Ferreira y su hija, Patricia Ferreira, ambos imputados en el caso.

En contra de las prácticas habituales y de forma sugestiva, dicho integrante del Ministerio Público requirió la prisión preventiva de Justo y Patricia Ferreira, pero no ordenó la detención preventiva de esos imputados. Ello permitió que los empresarios presentaran una serie de chicanas para trabar el proceso.

Gracias a que Legal no solicitó la detención de los imputados, la defensa de los mismos planteó un incidente de nulidad de la imputación, reposición y apelación en subsidio contra la admisión de la imputación y fijación de la audiencia de medidas, recurriendo en todos los casos hasta la CSJ. Mediante estos movimientos, nunca se pudo estudiar el requerimiento de prisión preventiva.

Luego de pasar varios meses, con el expediente ya fuera del radar de la prensa, la semana pasada los mismos imputados que todo el tiempo evadieron la audiencia de imposición de medidas solicitaron voluntariamente al Juzgado de Garantías que se fije la audiencia que tanto tiempo impidieron que sea realizada.

Llamativamente, aquello ocurrió cuando el juez original de la causa, Humberto Otazú, había salido de permiso y le interinaba el magistrado Mirko Valinotti.

Valinotti fijó inmediatamente la audiencia y concedió a los imputados la medida de arresto domiciliario, en contra del requerimiento fiscal de prisión preventiva. Curiosamente, el fiscal Legal no presentó apelación

Camino al blanqueo

Todo indica que, en realidad, el haberse procesado solamente por contrabando de las camas hospitalarias, dejando de lado los hechos principales denunciados, es parte de un plan para blanquear al Clan Ferreira.

En efecto, a pesar de la acusación fiscal por contrabando, el avance del operativo blanqueo es categórico, ya que el sumario administrativo realizado en la Dirección Nacional de Aduanas increí-blemente concluyó que el ingreso de las 50 camas hospitalarias no constituyó contrabando y sola-mente sancionó por defraudación, por circunstancias relacionadas al flete aéreo. Esto fue apelado por la Representante Fiscal en sede aduanera, y la apelación está en manos del Director Nacional de Aduanas.



source https://www.abc.com.py/nacionales/2021/02/16/nueve-meses-despues-sin-imputacion-por-falsificacion-de-mascarillas/

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