En un posteo realizado en su perfil de Twitter, el viceministro de Tributación, Oscar Orué, informó a los movimientos internos partidarios que el representante de cada nucleación debe estar inscripto en el Registro Único del Contribuyente (RUC), y dio a conocer los requisitos para el registro.
Atención Movimientos Internos partidarios ⚠️📢
— Oscar Orué 🇵🇾 (@OscarOrue) February 14, 2021
Conforme a la Ley que establece el financiamiento politico se dictó la Resolución 79/21 donde se encuentra los requisitos para la inscripción en el RUC.
👇Aquí se puede ver algunos datos a tener en cuenta. pic.twitter.com/F96R1AKF0U
-Cédula de identidad civil vigente del representante del movimiento y del administrador de campaña
-Documento o nota que respalde a la designación de los mismos
-Resolución de reconocimiento del movimiento interno, emitido por el Tribunal Electoral de cada organización política
-La Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña de los candidatos.
Esto conforme a la Ley que establece el financiamiento político se dictó la Resolución 79/21
Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral se aclaró días atrás que no es necesario que cada precandidato cuente con un RUC, ya que el mismo debe estar a nombre del movimiento, en este caso, que es gestionado con los datos del representante de ese movimiento y del administrador de la campaña.
Con ese registro se podrá dar apertura a una cuenta corriente en que se va a registrar todos los ingresos y gastos de ese movimiento.
source https://www.abc.com.py/nacionales/2021/02/15/movimientos-internos-deben-contar-con-ruc-recuerda-viceministro/
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