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lunes, 28 de septiembre de 2020

“Derecho a defensa de un senador es inherente a su condición de ser humano”

Emilio Camacho consideró que los legisladores, por su condición de seres humanos, tienen derecho a la defensa. “No por senador o legislador, el derecho a la defensa es inherente a la condición de ser humano. Es una potestad de cada Cámara estudiar y debatir. La Corte va a cometer un error en si se inmiscuye en ese procedimiento. Es la manera de garantizar la protección del Congreso”.

Agregó que “la representación popular está mejor representada en el Congreso, legisladores votados en todo el país. ¿Podemos permitir que los fiscales, designados corporativamente, constituyan quórum?”, cuestionó.

Recordó además lo que establece la Constitución Nacional al respecto: “Se necesita mayoría de dos tercios para amonestar o apercibir, lo mismo para la remoción por incapacidad se requiere incluso declaración de Corte y mayoría absoluta. Cuando habla de desafuero se requiere de dos tercios. La CN se ocupa de la pérdida de investidura en el 201, que es la sanción más grave; sin embargo no habla de una mayoría. En nuestro dictamen recomendamos que dada la gravedad, se garantice el ejercicio de la defensa del legislador”, añadió Camacho.

A su turno, José Casañas Levi, aseguró que no esnecesaria ninguna reglamentación. “Me parece difícil sostener que haya que cambiar la mayoría requerida en esta situación. Si se quiere reglamentar algo, no veo el problema”.

“¿Por qué tenemos que reglamentar algo que tiene que ver con derechos constitucionales? No me desagrada la idea de intentarlo pero no le veo mucho sentido”, puntualizó.

Sostuvo además que “todos los caminos van a conducir a Roma. El afectado va a plantear una inconstitucionalidad en contra de ese reglamento, y volveremos a la Corte y ellos van a decidir si se va a inmiscuir o no”.



source https://www.abc.com.py/nacionales/2020/09/28/derecho-a-defensa-de-un-senador-es-inherente-a-su-condicion-de-ser-humano/

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