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viernes, 21 de octubre de 2022

Senado aplaza tratamiento de conflicto de intereses

La comisión de Asuntos Constitucionales recomendó al pleno rechazar las modificaciones de Diputados y ratificarse en su versión original sobre el proyecto de ley de conflicto de intereses, o conocida también como ley de “puerta giratoria”. Ayer, algunos senadores prefirieron dejar sin quorum la sesión y postergar una definición por no reunir los 23 votos que se requieren para mantener la versión del Senado y evitar que quedase firme el texto de Diputados.

El senador Hugo Richer (FG), vocero de la comisión de Asuntos Constitucionales, indicó que del análisis de la modificación presentada por Diputados en el artículo 20, inciso “d” observaron que se suprime parte del mismo.

Mencionó que el artículo en su inciso “d” establece que el funcionario público deberá abstenerse de tomar intervención directa o indirecta en los asuntos en los cuales tenga un vínculo conyugal de convivencia o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad.

Diputados aprueban con modificaciones proyecto que castiga conflicto de intereses y “puertas giratorias”

Richer mencionó que la Cámara de Diputados suprimió la parte final del inciso d, donde dice o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad”, permitiendo que la mencionada norma no se pueda aplicar a parientes por consanguinidad como hijos, padres, yernos, nueras, abuelos hermanos, nietos, cuñados, tíos, sobrinos, primos y a parientes por afinidad como suegros y cuñados, quedando sólo el cónyuge.

Al artículo 3, inciso g modificado por Diputados, se le ajusta el mismo artículo 20 inciso d ya que ambos artículos se complementan. “Las modificaciones de Diputados van en contra del objeto del proyecto de ley y estaría mitigando el combate al conflicto de intereses”, dijo.



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