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domingo, 28 de noviembre de 2021

Congreso y la Corte podrán nombrar y contratar personal sin concurso público

Los senadores aprobaron por mayoría de votos los artículos 60 y 61 del proyecto de ley de presupuesto 2022 que ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados, pero introdujeron algunas modificaciones que los exceptúa de las referidas normativas.

En el primer artículo se exceptúa al Congreso y al Poder Judicial de la necesidad de contar con una autorización del Equipo Económico Nacional (EEN) y de la Secretaría de la Función Pública (SFP) para la contratación de nuevo personal.

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En el segundo artículo, se establece que podrán incorporar los funcionarios en los nuevos cargos creados por esta ley de conformidad con su requerimiento institucional, pero también dispone que podrán realizar promociones de cargos con excepción a lo establecido en la Ley N° 1626/2000 de la Función Pública.

La referida Ley de la Función Pública dispone, entre otros puntos, que el sistema de selección para el ingreso y promoción en la función pública será el de concurso público de oposición.

Además, a propuesta del senador Arnaldo Franco (ANR) le sumaron un nuevo párrafo a este artículo 61, que establece que el Poder Legislativo, la Corte Suprema de Justicia y los organismos auxiliares de la justicia podrán realizar nombramientos, contrataciones y promociones de cargos con excepción a lo establecido en la Ley de la Función Pública y la Ley N° 6622/2020 de Racionalización del Gasto Público.

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Esta última ley, entre otros, prohíbe designar a un pariente dentro del cuarto grado consanguineidad y segundo de afinidad, excepto a través de concursos públicos de oposición. También limita la incorporación de hasta 3 asesores, con excepción del presidente del República, que cesarán en sus funciones una vez que la autoridad que los incorporó cesa en sus funciones.

El único senador que habló en contra de la aprobación de este artículo fue Stephan Rasmussen (PPQ), quien manifestó a la plenaria que ya en la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso se opuso a esta disposición porque no se puede exceptuar al Legislativo ni al Judicial del cumplimiento de las leyes de la función pública y de racionalización del gasto.

Proyecto del Ejecutivo

En artículo previsto en el proyecto de ley que presentó el Poder Ejecutivo establece que el Poder Legislativo, la Corte Suprema y los organismos auxiliares de justicia deberán arbitrar los mecanismos de nombramientos, contrataciones y promociones en el marco procesos meritocráticos similares a lo establecido en la ley de la función pública, cuando no se rijan por la misma.

Esta disposición es atendiendo que cada año estos poderes se excluyen de esta ley y ahora le sumaron la ley de racionalización, que precisamente surgió en el Senado. Al final, lo que disponen las citadas leyes solo rige para las instituciones componentes del Poder Ejecutivo.

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Los senadores también incluyeron en el presupuesto los fondos para reponer el aumento salarial a sus funcionarios del Senado y del Congreso, un incremento otorgado este año que por el repudio de la ciudadanía había quedado sin efecto.

El Senado aprobó con modificaciones el proyecto de ley de presupuesto en la sesión extraordinaria realizada el último miércoles 24 y devolvió el documento a consideración de Diputados para una segunda ronda de estudio, que se hará sobre los cambios introducidos en un plazo máximo de diez días.

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Una parte del PGN ya quedó sancionada porque la Cámara Alta no puso objeción a la versión aprobada inicialmente por la Cámara Baja, que en algunos casos ya fueron previstos por el Poder Ejecutivo en el proyecto que presentó al Congreso a inicios del mes de setiembre.



source https://www.abc.com.py/nacionales/2021/11/28/congreso-y-la-corte-podran-nombrar-y-contratar-personal-sin-concurso-publico/

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