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sábado, 21 de agosto de 2021

Usando frase de Gandhi, Cetrapam responde sobre nueva ley del sector

“Voy a contestar de la siguiente manera, lo que decía Mahatma Gandhi, gran pensador, cuando una ley es injusta, lo más justo es desobedecerla”, expresó Ruíz Díaz cuando se le consultó sobre la postura del gremio sobre la promulgación ley Nº 6789 “Que cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público, infractores de la ley”, que castigará penalmente a los empresarios del transporte público por las reguladas y paros.

Se le preguntó si al citar la frase Gandhi está afirmando que no van a cumplir con esta ley, expresó que “la interpretación la tiene el universo”. El empresario manifestó que la normativa en cuestión es inconstitucional, porque en la carta magna se garantiza el derecho del trabajador de “ir a una huelga” y el derecho empresarial de “ir a un paro”.

La tacha de inconstitucional

“No estoy de acuerdo con la ley y estoy en mi derecho de reclamar esa ley como inconstitucional”, insistió.

Promulgan ley que castiga penalmente a transportistas que hacen reguladas

Si bien el artículo 98 de la Constitución Nacional garantiza el derecho que menciona el empresario, pero en ese mismo punto también establece que “la ley regulará el ejercicio de estos derechos, de tal manera que no afecten servicios públicos imprescindibles para la comunidad”. El transporte público de pasajeros es imprescindible para la ciudadanía.

“Tu derecho constitucional no puede ser cercenado por una ley populista. Ahora, no he visto a ninguno de estos legisladores promulgando una ley porque los camioneros cerraron la ruta, por ejemplo, que sí es un problema porque coarta la libertad de tránsito de aquel que no está plegado a la medida de fuerza”, expresó Ruíz Díaz.

El titular de Cetrapam también fue duro contra el senador Enrique Salyn Buzarquis, proyectista de esta ley hoy vigente, aunque todavía falta el decreto reglamentario. “Pero Buzarquis ya nos tiene acostumbrados a este tipo de firuletes, para llamar la atención. Todavía no accedimos a absolutamente nada, ni la ley ni el decreto reglamentario, motivo por el cual estamos a la espera”, expresó.

Sancionan ley que castiga penalmente a transportistas por reguladas

Lo que establece la ley

El punto más resaltante de la normativa en cuestión es que “en caso que los directivos, accionistas o representantes legales o gremiales de las empresas del transporte público realicen algún tipo de amenaza o extorsión a órganos del Estado, relacionados con la prestación de sus servicios, ya sea por cualquier medio, será considerado como hecho punible de coacción y perturbación de servicios públicos y cualquier ciudadano podrá denunciar estos hechos por cualquier medio a los órganos de persecución penal del estado”.

Agrega que “la empresa que deje de prestar unilateralmente sus servicios acordados en la concesión en forma regular y no lo regularice en un periodo de 24 horas de intimada por la autoridad competente, será cancelada y perderá su licencia y su itinerario de pleno derecho, debiendo ser dictada la resolución pertinente inmediatamente cumplido el plazo previsto”.

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Asimismo, si las reguladas o paros se realizan en un periodo de emergencia nacional, departamental o municipal, sea de naturaleza sanitaria u otra declarada por autoridad competente en el área donde presta servicios, además de cancelarse su licencia y su itinerario, tendrá prohibido participar de licitaciones en licencia o itinerario de transporte público por un plazo de diez años.

Por último, la empresa que no cuente en sus buses con elevadores o rampas de acceso para personas con incapacidad física, cuanto menos en un cincuenta por ciento de su flota, no tendrá derecho a percibir algún tipo de subsidio por parte del Estado. A partir de ayer, las empresas tienen un plazo de 180 días para que las empresas adecuen sus buses a las exigencias establecidas.



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