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domingo, 27 de diciembre de 2020

El 2 de enero vence el plazo para legalizar alianzas y concertaciones

La Justicia Electoral habilitó 28 partidos y 134 movimientos (ver cuadro) con miras a las elecciones municipales del 10 de octubre de 2021. Por otro lado, 16 organizaciones políticas se encuentran “con plazo vencido”; es decir, no podrán participar de los comicios previamente mencionados. Se observa mayor participación ciudadana ya que en las municipales de 2015 estaban habilitados solo 24 partidos y 79 movimientos.

Hasta la convocatoria de elecciones, el TSJE reconocía 259 distritos en todo el país de los que 4 se crearon este año. El Congreso creó incluso más distritos que esperan la promulgación del Ejecutivo.

Las “Alianzas” se establecen el Art. 40 del Código Electoral y son reconocidas como un simple acuerdo proselitista, transitorio entre partidos y movimientos con un objetivo común y que caduca una vez que la Justicia Electoral declare el resultado de las elecciones.

Sobre “las Concertaciones”, establecidas en la ley Nº 3212 dice que se tratan de acuerdos no solo creados a fin de pugnar en elecciones generales y municipales, sino en la formación y administración de futuros gobierno. Actualmente la concertación más importante del país es el Frente Guasu, un conglomerado de partidos y movimientos de izquierda.

Por ello TSJE informó que el 2 de enero fenece el plazo para que todos los partidos y movimientos presenten sus pedidos de reconocimientos de acuerdos ya sean alianzas o concertaciones.



source https://www.abc.com.py/nacionales/2020/12/27/el-2-de-enero-vence-el-plazo-para-legalizar-alianzas-y-concertaciones/

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